
Si fuiste becario y no cotizaste, ahora puedes recuperar hasta cinco años para la jubilación
Las prácticas sin cotizar pueden contar para la jubilación. La Seguridad Social permite a antiguos becarios y estudiantes en prácticas recuperar determinados periodos de formación que no se incorporaron en su momento a...
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Surgen avances clave en el escenario mundial. Las prácticas sin cotizar pueden contar para la jubilación. La Seguridad Social permite a antiguos becarios y estudiantes en prácticas recuperar determinados periodos de formación que no se incorporaron en su momento a la vida laboral. Esta vía no supone sumar años de forma automática, sino que exige suscribir un convenio especial, acreditar las prácticas realizadas y pagar la cuota correspondiente.
El mecanismo permite computar hasta 1. 825 días, lo que equivale a un máximo de cinco años cotizados. Está pensado para quienes realizaron prácticas académicas o formativas antes de que estos periodos quedaran integrados en la cotización a la Seguridad Social, especialmente en el caso de prácticas no remuneradas.
Los detalles
La solicitud puede presentarse hasta el 31 de diciembre de 2028 ante la Tesorería General de la Seguridad Social. El plazo se amplió tras la modificación de la regulación inicial del convenio, recogida en la Orden ISM/812/2024, de 26 de julio, que cambió varios aspectos de la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril. Quién puede recuperar las prácticas sin cotizarSegún explica la Seguridad Social, pueden acogerse a este convenio quienes realizaron prácticas académicas o formativas que no cotizaron en su momento.
En el caso de las prácticas no remuneradas, deben haberse realizado antes del 1 de enero de 2024. Para las prácticas remuneradas, el criterio general se refiere a periodos anteriores al 1 de noviembre de 2011, aunque existen supuestos específicos vinculados a prácticas académicas externas retribuidas. Entre los periodos que pueden recuperarse se incluyen las prácticas realizadas por alumnos universitarios para obtener títulos oficiales, como grado, máster o doctorado.
También pueden contar las prácticas vinculadas a títulos propios de la universidad, ya sean másteres de formación permanente, diplomas de especialización o diplomas de experto. La medida alcanza además a estudiantes de Formación Profesional, siempre que esas prácticas no se hubieran realizado dentro del régimen de formación profesional intensiva ni tuvieran carácter laboral. También se incluyen enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.
Qué dicen los expertos
Otro grupo que puede acogerse al convenio es el de personas que participaron en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero. En todos los casos, la clave es que esos periodos no hubieran cotizado ya por otra vía. Cuánto tiempo se puede sumar a la vida laboralEl límite máximo que puede reconocerse es de 1.
825 días, equivalente a cinco años. Ese periodo se incorpora a la vida laboral como tiempo cotizado, pero no debe confundirse con una mejora automática de la pensión. Su efecto dependerá de la carrera laboral de cada persona y de cómo esos días influyan en el acceso o cálculo de futuras prestaciones.
Por ejemplo, puede servir para completar periodos mínimos de cotización o reforzar el historial laboral de cara a la jubilación. Sin embargo, la Seguridad Social no abona esos años directamente ni los añade sin trámite. La persona interesada debe solicitar el convenio especial y asumir el coste correspondiente.
El desarrollo ha despertado una amplia atención internacional, con los círculos diplomáticos siguiéndolo de cerca.





