
Consejo de la Magistratura: piden sancionar a un juez por apartarse de la ley de honorarios en cinco causas
La consejera Jimena de la Torre presentó un proyecto de dictamen para aplicar una multa equivalente al 35% de los haberes mensuales al juez nacional en lo Civil Carlos Hugo Goggi, por haber declarado de oficio y de...
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Una noticia relevante se está gestando en la escena internacional. La consejera Jimena de la Torre presentó un proyecto de dictamen para aplicar una multa equivalente al 35% de los haberes mensuales al juez nacional en lo Civil Carlos Hugo Goggi, por haber declarado de oficio y de manera reiterada la inconstitucionalidad de la Ley 27. 423 de Honorarios Profesionales en distintos expedientes. De la Torre integra el Consejo de la Magistratura en representación de los abogados.
Su propuesta todavía no constituye una sanción: deberá ser tratada por la Comisión de Disciplina y, si obtiene dictamen favorable, será elevada al plenario del organismo, que tiene la facultad de imponer advertencias, apercibimientos o multas de hasta el 50% de los haberes de un magistrado. El proyecto atribuye a Goggi, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 91, una modalidad de actuación sostenida en al menos cinco causas. Según el texto, dejó de aplicar el sistema de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) mediante fundamentos similares, sin acreditar en cada expediente un perjuicio constitucional concreto ni darles previamente a las partes la posibilidad de discutir la eventual invalidez de la ley.
Los detalles
El expediente disciplinario comenzó el 22 de septiembre de 2023, a partir de una presentación del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal. Durante la investigación se incorporaron causas testigo, resoluciones de la Cámara Civil, dictámenes del Ministerio Público Fiscal y las declaraciones de Ricardo Gil Lavedra, entonces presidente del Colegio, y Andrés Basso, titular de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional. Las actuaciones examinadas fueron “Roiz”, “Tarrico Villafañe”, “Prokopis”, “Cagnoni” y “Nikolaus”.
Las decisiones fueron dictadas entre 2018 y 2020, salvo una cuya fecha exacta no pudo determinarse. Varias fueron revocadas por las salas I, K y E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. En “Roiz”, Goggi declaró de oficio la inconstitucionalidad de la ley en junio de 2018.
La Sala K revocó la resolución porque no encontró acreditado un perjuicio concreto y recordó la prudencia exigida antes de invalidar una norma sancionada por el Congreso. En “Tarrico Villafañe”, la Sala I calificó sus fundamentos como “conjeturales” y sostuvo que constituían un “mero fundamento aparente”, basado en afirmaciones generales. Meses después, Goggi adoptó un criterio semejante en “Prokopis” y la misma sala volvió a revocar su decisión.
Qué dicen los expertos
El proyecto aclara que el reproche no se apoya en el contenido de una sentencia aislada, en la adopción de una interpretación minoritaria ni en que las resoluciones hayan sido revisadas por tribunales superiores. Tampoco cuestiona la facultad de los jueces de controlar de oficio la constitucionalidad de una norma. “La garantía de independencia judicial no se encuentra afectada”, señala el texto.
Y precisa que Goggi “no es sancionado por declarar la inconstitucionalidad de una ley, por sostener una posición minoritaria, por disentir con sus superiores ni porque sus decisiones hayan sido revocadas”. La conducta observada, de acuerdo a la propuesta, fue la reiteración de un mismo método en expedientes de distinta naturaleza: introducir una cuestión constitucional que no había sido planteada por las partes, utilizar fundamentos generales, no individualizar una afectación concreta y mantener el criterio después de las objeciones formuladas por distintas salas de la Cámara y por el Ministerio Público Fiscal. El dictamen sostiene que “en ninguna de las causas examinadas el magistrado individualizó un perjuicio real, actual y específico derivado de la aplicación de la Ley 27.
También cuestiona que la invalidez fuera declarada sin debate previo, pese a que la decisión incidía directamente sobre el valor de los honorarios. Por su parte, la actual presidenta del Colegio Público de la Abogacía porteño, Alejandra García, al pronunciarse sobre el asunto expresó: “El respeto por la Ley de Honorarios forma parte del deber de todo magistrado de aplicar el derecho vigente. La defensa de esa ley no responde a un interés corporativo, sino a la protección del ejercicio profesional y al cumplimiento del principio de legalidad“.
El tema se ha convertido en uno de los puntos más destacados de la agenda mundial.




