
El Supremo reitera que es preciso pasar una oposición para pasar de interino a fijo
Madrid, 10 jul (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado que una empleada de la Comunidad de Madrid con seis contratos de interinidad irregulares no puede convertirse en fija de forma autom tica, ya que no hab a...
July 31 — İsrail x Hizbullah ile kalıcı barış anlaşması...?
Una noticia relevante se está gestando en la escena internacional. Madrid, 10 jul (EFE). - El Tribunal Supremo ha confirmado que una empleada de la Comunidad de Madrid con seis contratos de interinidad irregulares no puede convertirse en fija de forma autom tica, ya que no hab a superado un proceso selectivo para la contrataci n laboral de personal fijo. En una sentencia fechada el pasado 30 de junio a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo social desestima un recurso presentado contra una fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de noviembre de 2023, y resuelve el asunto que dio lugar al planteamiento de una cuesti n prejudicial al Tribunal de Justicia de la Uni n Europea (TJUE).
El pasado 14 de abril, el TJUE acord que la pr ctica en Espa a de convertir en indefinidos no fijos a los interinos que han encadenado contratos temporales con la administraci n no compensa dichos abusos, porque "supone mantener una relaci n laboral temporal" y la situaci n de "precariedad" del trabajador. Posteriormente, el Supremo decidi que tienen derecho a convertirse a la fijeza s lo los interinos no fijos del sector p blico que participen en una prueba selectiva para la contrataci n de personal. El caso es el de una empleada de la Comunidad de Madrid que desde marzo de 2016 encaden seis contratos de interinidad considerados irregulares y en fraude de ley, dado que estaban destinados a cubrir necesidades estructurales y permanentes del organismo p blico.
Los detalles
Por este motivo, solicit judicialmente que se declarase su fijeza laboral, lo que no ha reconocido el alto tribunal, que s constata abuso de temporalidad y reconoce su derecho a reclamar una indemnizaci n por da os materiales y morales. El Supremo se ala que, tras la sentencia del TJUE del pasado mes de abril, la figura del "trabajador indefinido no fijo" queda definitivamente desterrada de nuestro ordenamiento por ser una respuesta insuficiente que perpet a la precariedad del trabajador v ctima de abuso. No obstante, rechaza la posibilidad de adquirir la condici n de personal fijo de manera autom tica, ya que la conversi n en fijos de trabajadores que no han superado un proceso selectivo competitivo vulnera los principios constitucionales de igualdad, m rito y capacidad en el acceso al empleo p blico.
Ello ser a contrario a la ley y perjudicar a al resto de los ciudadanos. Al acreditarse una relaci n temporal inusualmente larga (superior a tres a os) y fraudulenta, el tribunal determina que las medidas adecuadas para cumplir con la normativa europea aplicable implican reconocer el derecho a una indemnizaci n por da os materiales y morales independiente de la indemnizaci n extintiva ordinaria. Para los da os morales, el tribunal establece una cuant a m nima que toma como criterio orientador las sanciones por infracciones graves de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).
Los magistrados han acordado tambi n informar del fallo a la Inspecci n de Trabajo y de la Seguridad Social (ITSS) para que incoe un procedimiento sancionador econ mico contra la administraci n infractora.
El tema se ha convertido en uno de los puntos más destacados de la agenda mundial.





