
Filtraciones, rotura de pisos y rajaduras: dos arquitectas y un constructor fueron condenados por fallas en una casa a estrenar
Un juzgado civil y comercial de La Plata resolvió un extenso litigio por daños y perjuicios derivados de fallas constructivas y vicios ocultos detectados en una casa de la localidad de José Hernández. La sentencia...
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Una noticia relevante se está gestando en la escena internacional. Un juzgado civil y comercial de La Plata resolvió un extenso litigio por daños y perjuicios derivados de fallas constructivas y vicios ocultos detectados en una casa de la localidad de José Hernández. La sentencia ordenó a las arquitectas responsables del proyecto y dirección técnica, junto al constructor de la obra, indemnizar a la propietaria por un monto superior a los 18 millones de pesos, más intereses. La causa se inició tras la detección de múltiples defectos en la vivienda, adquirida por la reclamante en 2012.
Tras instalarse, la propietaria comenzó a advertir problemas de humedad, filtraciones, desprendimientos en el cielorraso, fisuras y grietas en paredes, desprendimiento de porcelanatos y fallas en la instalación eléctrica y sanitaria. Varios de estos inconvenientes se manifestaron pocos años después de la compra, durante 2015, y requirieron intervenciones urgentes. Según el expediente, los daños abarcaron goteras en el techo del living y la cocina, que provocaron daños en el cielorraso y manchas de humedad.
Los detalles
El piso de porcelanato mostró levantamientos y piezas sueltas en distintas zonas. Algunas preinstalaciones de aire acondicionado resultaron inadecuadas, obligando a nuevos trabajos y afectando la funcionalidad y la estética de la casa. La instalación de radiadores también presentó pérdidas de agua, lo que generó manchas en los pisos flotantes.
El reclamo incluyó además la necesidad de colocar refuerzos en las mamposterías para detener rajaduras, y la construcción de una vereda perimetral para evitar filtraciones por humedad en los cimientos. En el sector de la parrilla, los daños fueron considerados irreparables y se recomendó la demolición y reconstrucción. Varios testigos, incluyendo especialistas que intervinieron en reparaciones, confirmaron la existencia y gravedad de los defectos.
La demandante afirmó que, a raíz de estos problemas, debió afrontar diversos gastos de reparación, además de sufrir una depreciación en el valor de su vivienda y un daño moral significativo. En la demanda se incluyó también un reclamo contra quien vendió la propiedad, por supuestos vicios ocultos y por una cláusula penal relacionada con la entrega del certificado de final de obra. En tanto, las arquitectas y el constructor negaron su responsabilidad, argumentando que los trabajos se habían realizado de acuerdo a los planos y con materiales adecuados.
Qué dicen los expertos
Sostuvieron que la compradora recibió la vivienda en buen estado y que los problemas detectados años después podían deberse a otros factores, como falta de mantenimiento o intervenciones posteriores ajenas a su tarea. El fallo, dictado por el Juzgado en lo Civil y Comercial n. ° 11 de La Plata, analizó en detalle la prueba pericial, que confirmó defectos en la pendiente del techo, colocación deficiente de zinguería, fisuras estructurales y diferencias entre la instalación eléctrica ejecutada y los planos aprobados.
Se verificaron también fisuras y grietas en muros y cielorrasos, problemas de impermeabilización y defectos en la terminación de las veredas y sectores exteriores. La pericia concluyó que la mayoría de los daños obedecía a fallas constructivas y no a falta de mantenimiento. El juzgado descartó la prescripción de la acción y rechazó el argumento de que no existía relación causal entre la actuación de los profesionales demandados y los daños sufridos por la propietaria.
También se desestimó el planteo de que los vicios eran solo aparentes y no ocultos, ya que varias fallas se detectaron tiempo después de la entrega y resultaron suficientemente graves como para afectar la habitabilidad del inmueble. En relación con el reclamo contra el vendedor, la sentencia entendió que no correspondía condenarlo por vicios ocultos, por tratarse de circunstancias que desconocía al momento de la venta. Tampoco se hizo lugar al pedido de indemnización por supuesta falta de entrega del certificado de final de obra, ya que se probó que la documentación fue presentada a la escribana interviniente y la escritura se realizó.
El tema se ha convertido en uno de los puntos más destacados de la agenda mundial.





