
Hoteles en Colombia tendrían que cumplir con nueva norma del Gobierno de Petro que cambiaría la forma de hacer turismo: de qué trata
El Registro Nacional de Turismo (RNT) es un sistema de información y padrón público obligatorio para todos los prestadores de servicios turísticos (hoteles, agencias de viajes, guías, etc.). Es un requisito habilitante...
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Una noticia relevante se está gestando en la escena internacional. El Registro Nacional de Turismo (RNT) es un sistema de información y padrón público obligatorio para todos los prestadores de servicios turísticos (hoteles, agencias de viajes, guías, etc. Es un requisito habilitante que garantiza la legalidad, seguridad y cumplimiento de los estándares del negocio ante las autoridades. Ahora, el gobierno de Gustavo Petro puso en consulta una reforma al mismo con la que busca endurecer los controles sobre prestadores y plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos en Colombia.
Según el documento del proyecto de decreto, abierto a comentarios hasta el 11 de julio, de acuerdo con lo presentado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, plantea nuevas verificaciones, cruces de datos en tiempo real y reglas más estrictas para publicar anuncios y renovar registros. Este, de manera definitiva, pone el RNT como requisito previo para operar, crea un sistema oficial de verificación y obliga a las plataformas a inscribirse, validar datos antes de publicar anuncios, revisar cada seis meses a sus oferentes y entregar información estadística anonimizada. El borrador fija además nuevos filtros para cámaras de comercio y prestadores, y prevé que la reforma empiece a regir el 1 de enero de 2028.
Los detalles
El borrador sustituye parte de las reglas vigentes del RNT y pone en firme la idea de que el registro no será solo una base declarativa. El decreto dice que “la inscripción en el Registro Nacional de Turismo es requisito previo y obligatorio para que los prestadores de servicios turísticos inicien sus operaciones”. La justificación parte de una falla que el propio proyecto identifica en el esquema actual.
Según el texto, la regulación vigente se apoya en buena medida en la información que entregan los mismos prestadores y no cuenta con herramientas suficientes para comprobar de forma objetiva los requisitos de inscripción o renovación. Para corregir ese punto, la propuesta crea un nuevo instrumento de cruce y seguimiento. El decreto establece: “Créase el Sistema de Verificación y Control del Registro Nacional de Turismo (Svcrnt), como herramienta permanente de verificación, seguimiento y trazabilidad del cumplimiento de los requisitos exigidos a los prestadores de servicios turísticos”.
Dicho sistema quedaría bajo administración de las Cámaras de Comercio, con lineamientos técnicos y gobernanza del ministerio. Además, interoperaría con bases de datos de Fontur, alcaldías, la Dian, Migración Colombia, el Ministerio de Transporte, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Salud y Protección Social, Parques Nacionales Naturales de Colombia y otras autoridades competentes. El proyecto también expone las razones de fondo para actualizar el Decreto 1836 de 2021.
Qué dicen los expertos
Entre ellas menciona:Necesidades técnicas, jurídicas y operativas. Debilidades en inspección, vigilancia y control. Riesgos de fraude o suplantación.
Competencia desleal e insuficiencia de información confiable para las estadísticas. Más exigencias para plataformas y anuncios turísticosUna de las cargas más amplias recaerá sobre los operadores de plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos. El decreto les exige inscripción en el RNT y aclara que las agencias de viajes en línea son agencias de viajes, por lo que “no podrán considerarse simultáneamente como plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos”.
La propuesta define a estas plataformas como intermediarias entre turistas y prestadores, con capacidad para buscar, reservar y pagar servicios. También precisa que no entran en esa categoría los servicios que solo difunden contenido o publicidad sin un modelo de intermediación turística. Para operar, las plataformas deberán pedir como mínimo:Número de RNT activo.
El desarrollo ha despertado una amplia atención internacional, con los círculos diplomáticos siguiéndolo de cerca.





