
Jornada laboral de 42 horas: aclaran a los trabajadores y a las empresas si la reducción incluye o no la hora de almuerzo en Colombia
La reducción de la hora de almuerzo en Colombia dentro de la jornada laboral volvió al centro de la discusión por la llegada de las 42 horas semanales desde el 15 de julio de 2026. La duda que circula entre trabajadores...
July 31 — İsrail x Hizbullah ile kalıcı barış anlaşması...?
Estas son las últimas noticias de todo el mundo: La reducción de la hora de almuerzo en Colombia dentro de la jornada laboral volvió al centro de la discusión por la llegada de las 42 horas semanales desde el 15 de julio de 2026. La duda que circula entre trabajadores y empleadores es si ese descanso entra en el tiempo trabajado o si puede alterarse para ajustar los nuevos horarios. Por regla general, la hora de almuerzo no cuenta como jornada laboral en Colombia, incluso con la reducción semanal prevista por la Ley 2101 de 2021.
El artículo 167 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) mantiene ese descanso como un intermedio separado del trabajo efectivo, salvo que exista un acuerdo distinto entre empresa y empleado. La regla legal no cambió con la reducción de la jornada semanal. La disposición ordena dividir la jornada en por lo menos dos secciones, con un descanso intermedio que se ajuste a la naturaleza del trabajo y a las necesidades de los trabajadores.
Los detalles
La norma establece que “el tiempo de este intermedio (la hora de almuerzo) no se computa en la jornada, a menos que exista un acuerdo contrario entre la empresa y el empleado”. Expertos de Magneto dijeron que “la respuesta corta es: en la mayoría de los casos, no”. La interpretación confirma que el tiempo destinado a almorzar sigue considerado como descanso y permanece separado de la jornada laboral.
Cómo se aplica el descanso dentro del horario laboralEn la práctica, el criterio cambia la forma de leer muchos horarios. Según expertos de Magneto, una jornada de 8:00 a. con una hora de almuerzo equivale a ocho horas efectivas de trabajo y una hora de descanso.
Ese tiempo adicional no se paga como laborado y tampoco entra en el cálculo de horas extras. La duda suele repetirse cuando un contrato habla de ocho horas diarias, pero el empleado permanece más tiempo en la empresa. Asimismo, detallaron que el ejemplo de 7:00 a.
Qué dicen los expertos
muestra esa diferencia. Los expertos de Magneto precisaron que, con una hora de almuerzo, la permanencia total es de nueve horas, aunque solo ocho son remuneradas. Así las cosas, las empresas sí pueden reorganizar la distribución de las horas semanales, modificar turnos o ajustar jornadas.
El margen no les permite convertir el almuerzo en una fórmula para prolongar la permanencia del trabajador sin aplicar de verdad la reducción horaria. Qué cambios no pueden hacer las empresasLa reducción de la jornada no autoriza a recortar el tiempo de alimentación ni a exigir que el trabajador preste servicio durante ese espacio para compensar las horas que salen de la semana laboral. Dicha advertencia se hace para aclarar que vincula el descanso y la alimentación con la salud ocupacional y el bienestar laboral.
Así las cosas, cualquier ajuste debe ser razonable. Manifestaron los expertos que el empleador no puede ampliar de forma excesiva el tiempo de almuerzo solo para aparentar que cumple con la reducción. Existe otra limitación cuando la empresa ya incluía ese lapso dentro de la jornada.
El tema se ha convertido en uno de los puntos más destacados de la agenda mundial.





