
Jubilación parcial de los empleados públicos: los interinos tendrán contrato un máximo de 5 años
ECONOMÍAJubilación parcial de los empleados públicos: los interinos tendrán contrato un máximo de 5 años GONZALO D. VELARDE @gonzalodiaz37 Actualizado 30 JUN. 2026 - 12:20 Compartir en Facebook Compartir en Twitter...
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Última hora de los mercados: ECONOMÍAJubilación parcial de los empleados públicos: los interinos tendrán contrato un máximo de 5 años GONZALO D. VELARDE @gonzalodiaz37 Actualizado 30 JUN. 2026 - 12:20 Compartir en Facebook Compartir en Twitter Compartir en LinkedIn Enviar por emailInterior de las oficinas de la Administración de la Agencia Tributaria de Madrid.
Europa Press El Gobierno desbloquea la jubilación parcial de los empleados públicos: permitirá la contratación de interinos Las administraciones podrán acudir a las bolsas de trabajo temporal para conceder las jubilaciones parciales. El interino deberá estar contratado a jornada completa y cesará su servicio en el momento en que se formalice la plaza fija asociada a la jubilación parcial o dos años después del retiro definitivo. A partir del 1 de junio de 2026, las administraciones en sus diferentes niveles (central, comunidades autónomas y ayuntamientos) y empresas públicas podrán acudir a las bolsas de interinos para aprobar las solicitudes de jubilación parcial del personal laboral.
Detalles económicos
Estas llevan un año completamente bloqueadas a causa del endurecimiento que aplicó la reforma de pensiones que entró en vigor el 1 de abril de 2025, en la que para elevar la protección de los trabajadores relevistas estableció como condición la fijeza de sus contratos. Una condición que, ante la complejidad existente en el sector público para generar plazas de carácter indefinido, ha provocado un embudo que ha impedido que miles de trabajadores con derecho a esta salida progresiva y anticipada del mercado laboral no se hayan podido acoger a ella. Ahora, la aprobación del real decreto 19/2026 de medidas urgentes en materia de jubilación parcial anticipada del personal laboral de las Administraciones Públicas trata de desbloquear la situación volviendo a las condiciones previas a la reforma de pensiones del pasado año.
Esto es, permitiendo que los entes públicos puedan contratar a temporales como relevistas en los procesos de jubilación parcial, una excepción que no aplica al sector privado donde estos contratos deberán realizarse conforme a la nueva regulación: indefinidos, a tiempo completo, y con una vigencia mínima de dos años tras el retiro definitivo del jubilado parcial. Por contra, las condiciones generales que se establecen para el sector público son que el relevista podrá tener contrato temporal, deberá ser a tiempo completo, y tendrá una duración máxima de dos años tras el retiro del jubilado parcial. Es decir, que el trabajador interino estará contratado un máximo de 5 años (un máximo de tres años que se puede adelantar la jubilación parcial sobre la edad legal de retiro más un tope de dos más tas efectuarse la jubilación definitiva).
Los economistas analizan lo que la noticia significa para los mercados.



