
Jueces independientes: ¿eso qué es?
JUECESAnálisisiExposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se...
July 31 — İsrail x Hizbullah ile kalıcı barış anlaşması...?
Estas son las últimas noticias de todo el mundo: JUECESAnálisisiExposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersosJueces independientes: ¿eso qué es? Algunos piensan que la independencia es una supuesta libertad total de criterio de los jueces, de manera que podrían hacer lo que quisieran, pero esa visión olvida que están sometidos por completo al imperio de la ley iEl audio de esta noticia utiliza una voz sintética generada por Inteligencia Artificial y podría tener algunas inconsistencias.
Puñetas e insignia en la toga de un juez. Eulogio Martín CastellanosJordi Nieva-Fenoll01 jul 2026 - 05:30CEST Compartir en Whatsapp Compartir en Facebook Compartir en Twitter Desplegar Redes Sociales Ir a los comentariosAñadir EL PAÍS en GoogleCompartir: Whatsapp Facebook Twitter Bluesky Linkedin Copiar enlaceLos jueces deben ser independientes, se acostumbra a decir. Se trata de una exigencia constitucional y prácticamente esencial que debe poseer cualquier juzgador, y que, por desgracia, no siempre ha tenido en la historia.
Los detalles
De hecho, constituye una garantía de nuestras democracias relativamente reciente. El problema es que existe una cierta confusión generalizada en cuanto a su contenido, incluso en el propio ámbito judicial. El origen de la independencia es curioso.
Nació prácticamente por vez primera en la Inglaterra del siglo XVII, como consecuencia de la abolición de la monarquía absoluta y consiguiente creación de la división de los antiguos poderes que había ostentado en exclusiva el rey. En su primera versión, se dispuso que los jueces dejaran de ser nombrados por los reyes y fueran, por tanto, independientes de aquellos antiguos dictadores. Por ello, es históricamente muy impropio decir que la justicia se administra en nombre del rey, por monárquico que uno sea.
En realidad, la justicia se administra en nombre del pueblo, que en una democracia es el soberano de todos los poderes. Partiendo de ese concepto inicial, cuando hoy se habla de independencia, en realidad se está aludiendo a la ausencia de influencias externas en el criterio de los jueces, de manera que pudieran inquietar su neutralidad, haciéndoles emocionalmente propensos a seguir, por temor o por afecto, las presiones de poderes económicos, mediáticos, religiosos o, por supuesto, políticos, o incluso provenientes de los comentarios de sus propios compañeros de la judicatura.
El tema se ha convertido en uno de los puntos más destacados de la agenda mundial.




