
Ni indulto común ni gracia humanitaria: Comisión rechaza pedidos de Pedro Castillo y los manda al archivo
La Comisión de Gracias Presidenciales rechazó este miércoles las dos solicitudes de excarcelación presentadas por el expresidente Pedro Castillo (2021-2022), quien cumple una condena de más de 11 años de prisión por...
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Surgen avances clave en el escenario mundial. La Comisión de Gracias Presidenciales rechazó este miércoles las dos solicitudes de excarcelación presentadas por el expresidente Pedro Castillo (2021-2022), quien cumple una condena de más de 11 años de prisión por conspiración para rebelión tras su intento fallido de golpe de Estado. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informó en un comunicado que ninguna de las dos peticiones—ni el derecho de gracia por razones humanitarias ni el indulto común—superó los filtros de admisibilidad establecidos por la normativa vigente. La autoridad subrayó que la solicitud de derecho de gracia por razones humanitarias fue rechazada porque “no se subsanó la inadmisibilidad advertida dentro del plazo establecido.
En consecuencia, dispuso su archivo”, según la nota oficial. En la misma sesión, la Comisión declaró inadmisible la solicitud de indulto común, ya que no se cumplieron los requisitos de admisibilidad exigidos por la normativa aplicable. El comunicado recuerda que, de acuerdo con el Reglamento Interno de la Comisión, “las solicitudes declaradas inadmisibles deben ser subsanadas dentro del plazo correspondiente de veinte días”.
Si transcurrido ese plazo no se cumple la subsanación requerida, corresponde su rechazo y archivo. El derecho de gracia por razones humanitarias se aplica como una medida excepcional del Ejecutivo para suspender o extinguir la acción penal o la sanción recibida, principalmente ante situaciones de salud grave, avanzada edad u otras condiciones que vuelven incompatible la permanencia en prisión con el estado humanitario del solicitante. Por su parte, el indulto común representa el perdón total o parcial del castigo impuesto, otorgado por el jefe de Estado, una figura que no anula la condena, pero sí extingue la sanción, lo que permite la excarcelación de la persona sentenciada.
El tema se ha convertido en uno de los puntos más destacados de la agenda mundial.





