
Revés para Álvaro García Ortiz: el Supremo da la razón al novio de Ayuso y obliga al ex fiscal general a asumir las costas de 39.000 euros
07 Jul, 2026 09:10 a. m. EST Guardar El ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a su salida del Tribunal Supremo (Diego Radamés - Europa Press) El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos presentados por la...
July 31 — İsrail x Hizbullah ile kalıcı barış anlaşması...?
Estas son las últimas noticias de todo el mundo: 07 Jul, 2026 09:10 a. EST Guardar El ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a su salida del Tribunal Supremo (Diego Radamés - Europa Press) El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos presentados por la Fiscalía y por la Abogacía del Estado contra la decisión que fijó en 39. 009,48 euros las costas procesales que debe abonar el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, tras su condena.
La Sala de lo Penal considera que no procede reducir aún más esa cantidad y confirma el decreto que ya había rebajado prácticamente a la mitad la tasación inicial, que ascendía a 79. El auto, dictado el pasado 2 de julio y del que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, analiza las impugnaciones planteadas por ambas partes, que sostenían que en la tasación se habían incluido actuaciones que no debían ser repercutidas al fiscal general. Sin embargo, el Supremo concluye que los argumentos esgrimidos no justifican una nueva reducción y avala el criterio seguido por la letrada de la Administración de Justicia.
Los detalles
PUBLICIDADLa resolución llega después de que, en un primer momento, la tasación de costas se fijara en casi 80. 000 euros por los honorarios del abogado y la procuradora que ejercieron la acusación particular en representación de Alberto González Amador. Posteriormente, tras una primera impugnación, esa cifra quedó reducida hasta los 39.
009,48 euros, cantidad que ahora permanece intacta tras desestimarse los recursos de revisión. No obstante, el procedimiento sobre las costas todavía no ha concluido completamente, ya que sigue pendiente la resolución de otra impugnación relativa al carácter supuestamente excesivo de los honorarios profesionales, cuestión que deberá analizarse en un trámite separado. PUBLICIDADEl Supremo avala las actuaciones incluidas en las costasUno de los principales argumentos de la Fiscalía consistía en sostener que únicamente debían formar parte de las costas aquellas actuaciones que hubieran resultado imprescindibles para el procedimiento y que hubieran sido expresamente acordadas por el órgano judicial.
Bajo esa premisa, pedía excluir numerosos escritos y diligencias promovidos por la acusación particular, especialmente aquellos que no prosperaron o que afectaban a otros investigados que finalmente quedaron fuera de la causa. El Tribunal Supremo rechaza esa interpretación. La Sala recuerda que la legislación permite excluir únicamente actuaciones que sean inútiles, superfluas o no autorizadas por la ley, circunstancias que considera que no concurren en este caso.
Los magistrados sostienen que la investigación debe contemplarse como un conjunto y no como una sucesión de actuaciones aisladas. En este sentido, destacan que la querella presentada por la acusación particular dio origen a las primeras diligencias abiertas en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y que esas actuaciones iniciales formaron parte de la misma secuencia procesal que posteriormente terminó en el Tribunal Supremo.
El desarrollo ha despertado una amplia atención internacional, con los círculos diplomáticos siguiéndolo de cerca.




