“Sometimiento y trato humillante”: condenaron a la expareja de María Fernanda Callejón por violencia de género
El juez Javier Alfredo Romañuk, a cargo del Juzgado en lo Correccional N°1 de Zárate-Campana, declaró este viernes culpable a Ricardo Andrés Diotto, expareja de María Fernanda Callejón, del delito de lesiones leves...
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Estas son las últimas noticias de todo el mundo: El juez Javier Alfredo Romañuk, a cargo del Juzgado en lo Correccional N°1 de Zárate-Campana, declaró este viernes culpable a Ricardo Andrés Diotto, expareja de María Fernanda Callejón, del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y violencia de género en grado de tentativa contra ella. El hecho en cuestión había ocurrido entre el 4 y 5 de junio de 2022 en el barrio privado “El Recodo”, en Maquinista Savio, Partido de Escobar. La sentencia, a la que accedió Infobae, estableció una pena de 4 meses de prisión en suspenso para Diotto, condicionada al cumplimiento de reglas de conducta.
Entre ellas, deberá fijar residencia y realizar un tratamiento psicológico que apunte a mejorar su vínculo familiar, especialmente con la madre de su hija. El magistrado fundamentó la decisión principalmente en un marco de “sometimiento, trato humillante, degradante e intimidante” de él hacia Callejón durante la convivencia, además de considerar que fue un proceso de “menoscabo emocional y reducción de su autonomía profesional”. Según el fallo, el juez Romañuk dio por probado que la noche del 4 o 5 de junio de 2022, Callejón y Diotto discutieron en el domicilio que compartían.
Los detalles
En ese contexto, la discusión, que fue por cuestiones económicas y la tenencia de una camioneta recién comprada, escaló en tensión. La denunciante aseguró que, cuando Diotto advirtió que ella lo estaba grabando con el celular, la tomó de los brazos y la empujó contra una pared. Callejón salió de la casa llorando y fue socorrida por una amiga, quien luego declaró que le vio marcas de un agarrón en el brazo de la víctima y que le dio un ansiolítico para que pudiera tranquilizarse.
Este episodio fue asegurado también por otra testigo, quien afirmó haber recibido fotos de Callejón con las lesiones en el brazo y afirmó que la escuchó describir el ataque en estado de crisis y llanto. Para la resolución, el juez señaló que tomó en cuenta no sólo estos relatos, sino informes psicológicos y registros de mensajes y audios de WhatsApp en los que Diotto profirió amenazas y descalificaciones de alto voltaje a la actriz. En uno de esos chats, cuya transcripción se incorporó a la causa, Diotto decía: “Te voy a decir una cosa, si quedaba un poquito de resquemor que yo no quisiera vender la casa -por Giovanna, no por vos-, después de esto, olvidate, voy a vender la casa, a vender la camioneta, a que me devuelvas todo lo que a mí me corresponde (...
), ¿tomalo como una amenaza? Tomalo como una amenaza, vos volvés a hablar de mí en los medios y yo me voy a encargar de que todo el mundo se entere realmente quién sos”. Cómo fue la acusaciónEl fiscal Matías Sebastián Ferreirós y el abogado de Callejón, Martín Miguel de Vargas, insistieron durante el juicio en que el hecho estaba debidamente corroborado por los testimonios, la fotografía de la lesión, los mensajes y la seguidilla de situaciones de violencia psicológica, simbólica y económica.
Qué dicen los expertos
Se basaron además en el impacto emocional sufrido por Callejón, que derivó en tratamiento psiquiátrico y psicológico, y señalaron que durante años la actriz fue impulsada a relegar su actividad profesional por decisión de Diotto. Así el fiscal sostuvo: “Hay elementos objetivos que indican que sí es capaz” (en referencia a Diotto y la agresión), y remarcó la validez de la versión de la víctima, avalada por profesionales y los testigos presenciales del estado de crisis emocional posterior al episodio. Planteos de la defensaLa defensa de Diotto, encabezada por Alfredo María Gascón, negó la existencia del hecho e intentó desacreditar la denuncia, presentando la hipótesis de un “armado” para favorecer a Callejón en la división de bienes del divorcio.
Señalaron supuestas inconsistencias en los horarios de las fotos y alegaron que las marcas en el brazo podían ser autoflixidas o previas a la discusión. Argumentaron que la discusión entre la pareja era habitual y negaron que existieran motivos o antecedentes de violencia física por parte de Diotto. La defensa se apoyó también en dictámenes periciales de parte, que no detectaron indicadores claros de violencia de género o un cuadro típico en la relación.
Además, los amigos de Diotto declararon que nunca había habido manifestaciones de violencia en los vínculos familiares y de pareja. Una de las estrategias fue afirmar: “Simplemente se le cree, pero fue refutada su manifestación, porque los elementos objetivos de cercanía la desmienten, y la foto indica que quiere engañar a la justicia”. Los argumentos del juezEl juez Romañuk fue contundente al interpretar que las pruebas y testimonios resultaron consistentes y confiables, y que la actitud de Callejón durante las audiencias y en sus declaraciones mostró coherencia y afectación genuina.
El desarrollo ha despertado una amplia atención internacional, con los círculos diplomáticos siguiéndolo de cerca.




