
Varapalo del Supremo a los interinos: no serán fijos sin oposición, pero recibirán más indemnización
ECONOMÍAVarapalo del Supremo a los interinos: no serán fijos sin oposición, pero recibirán más indemnización GONZALO D. VELARDE @gonzalodiaz37 Actualizado 10 JUL. 2026 - 12:08 Compartir en Facebook Compartir en Twitter...
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Última hora de los mercados: ECONOMÍAVarapalo del Supremo a los interinos: no serán fijos sin oposición, pero recibirán más indemnización GONZALO D. VELARDE @gonzalodiaz37 Actualizado 10 JUL. 2026 - 12:08 Compartir en Facebook Compartir en Twitter Compartir en LinkedIn Enviar por emailSede del Tribunal Supremo, en Madrid.
Europa PressMás de 980. 000 trabajadores públicos cuentan con contratos temporales. El Alto Tribunal reduce las represalias contra la Administración por el abuso de la temporalidad a mayores compensaciones económicas, en los casos de despido.
Detalles económicos
El Tribunal Supremo comienza a fijar algunas líneas rojas sobre la conversión de contratos temporales a fijos de los empleados públicos interinos. Incluso cuando estos llevan más de una década bajo el paraguas de la interinidad con sucesivas prórrogas contractuales, el Alto Tribunal cierra la puerta a que se produzca una conversión masiva hacia la fijeza de sus puestos de trabajo. Todo lo contrario, una reciente sentencia publicada el 30 de junio consagra el principio constitucional de que solo se pueda adquirir superando un proceso selectivo (oposición o concurso-oposición) que garantice la igualdad, el mérito y la capacidad.
La última Encuesta de Población Activa del INE disponible, correspondiente al primer trimestre de 2026, cifra en 981. 000 los contratos temporales existentes en la Administración Pública, lo que hace la tasa de temporalidad se sitúe cerca del 30%, lo que supone prácticamente el triple que en el sector privado. Recientemente, el Ministerio de Función Pública ha solicitado a la Comisión Europea que aplace la ejecución de un expediente sancionador que pesa sobre España por incumplir los requerimientos en materia de medidas destinadas a rebajar la interinidad en el empleo público, especialmente la que es abusiva por encadenar más de dos años de contratos temporales.
Ante la amenaza de Bruselas de llevar a España ante el Tribunal de Justicia del Unión Europea (TJUE), el Gobierno ha pedido tiempo hasta 2027 para poder adoptar medidas destinadas a resolver esta cuestión, que se han enquistado en la Administración a pesar de que la reforma laboral aprobada en 2021 sí ha servido para reducir sustancialmente el porcentaje de temporalidad en las empresas privadas. Ahora, lo que dice el Supremo es que ni en caso de abuso de contratos temporales se puede otorgar la fijeza a un empleado público que no supere la oposición, una vía que sí se puede explorar si este ha aprobado en algún momento algún tipo de concurso. Lo que sí prevé el Alto Tribunal es un refuerzo de las indemnizaciones que cobran estos trabajadores cuando son despedidos.
Doctrina ya aplicadaEn este caso, la resolución del Supremo da respuesta al asunto que motivó la cuestión prejudicial resuelta por el TJUE el pasado 14 de abril de 2026 y aplica la doctrina ya fijada por el propio Supremo en su sentencia de pleno de 11 de mayo de 2026.
Los economistas analizan lo que la noticia significa para los mercados.





