
Absuelven a un hombre tras querer registrarse en un hotel de Almería con un pasaporte de la 'República Errante de Menda Lerenda'
SucesosAbsuelven a un hombre tras querer registrarse en un hotel de Almería con un pasaporte de la 'República Errante de Menda Lerenda'La surrealista escena motivó al hotel a llamar a las autoridades, que tuvieron que...
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Surgen avances clave en el escenario mundial. SucesosAbsuelven a un hombre tras querer registrarse en un hotel de Almería con un pasaporte de la 'República Errante de Menda Lerenda'La surrealista escena motivó al hotel a llamar a las autoridades, que tuvieron que sacar al individuo a la fuerza tras negarse a identificarse Compartir Facebook X - Twitter WhatsApp Telegram LinkedIn Copiar enlace Enviar por email 1 comentarioFoto de archivo de un pasaporte español. Europa Press AlmeríaAlmeríaActualizado Martes, 30 junio 2026 - 16:31La Audiencia Provincial ha absuelto a un hombre que inicialmente fue condenado por un delito de desobediencia tras negarse a identificarse legalmente en un hotel de Almería durante la pasada temporada veraniega, alegando ser nacional de la ficticia 'República Errante Menda Lerenda'. La sentencia, consultada por Europa Press, revoca el fallo dictado por la titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Almería al considerar que los hechos no revisten la gravedad suficiente para ser considerados delito, aunque deja la puerta abierta a que la Policía Nacional pueda abrir un expediente por infracción administrativa.
Los hechos tuvieron lugar el 24 de agosto del pasado año, cuando el acusado se encontraba en un hotel de la zona de El Toyo, en la capital almeriense, donde intentaba registrarse en la recepción como nacional de la 'República Errante Menda Lerenda' mediante un "burdo" pasaporte. Agentes de la Policía Nacional acudieron al establecimiento hotelero y se entrevistaron con el hombre, quien mostró una "actitud desafiante" y se negó a identificarse. En este sentido, el hombre comenzó a vociferar y a realizar aspavientos haciendo caso omiso a los agentes, quienes le pedían que depusiera su actitud porque estaba molestando al resto de los huéspedes.
Los detalles
Finalmente, tuvieron que sacarlo a la fuerza del edificio ya que "no obedecía a los agentes" ni mostraba "colaboración alguna". Aunque la Audiencia considera probados estos hechos, ha estimado el recurso de apelación de la defensa al entender que lo ocurrido, pese a ser un acto de "rebeldía", no fue lo suficientemente grave para ser considerado delito conforme al artículo 556. En esta línea, la Sección Segunda incide en que, tras las reformas legislativas recientes, la mera negativa a identificarse a requerimiento de los agentes del orden ha sido expulsada de la órbita penal.
De este modo, recalca que este tipo de conductas están contempladas como una infracción administrativa en la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana (conocida como ley mordaza). Con ello, se revoca el fallo original que le imponía una pena de seis meses de multa a razón de seis euros diarios, así como el pago de las costas.
El tema se ha convertido en uno de los puntos más destacados de la agenda mundial.





