
El TEDH condena a Italia por sexismo de la justicia en un caso de violencia de género
París, 2 jul (EFE).- El Tribunal de Estrasburgo condenó este jueves a Italia por una serie de negligencias en las decisiones judiciales que se tomaron en un caso de violencia de género que sufrió una mujer y sus dos...
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Surgen avances clave en el escenario mundial. - El Tribunal de Estrasburgo condenó este jueves a Italia por una serie de negligencias en las decisiones judiciales que se tomaron en un caso de violencia de género que sufrió una mujer y sus dos hijos y también por el sexismo evidenciado en una de las intervenciones de la Fiscalía. En el origen está la denuncia que presentó en abril de 2021 Audrey Carmen Manuela Úbeda, una mujer francesa que vivía en Italia, contra quien había sido su pareja por violencias físicas y psicológicas contra ella y contra sus dos hijos comunes. Aunque al mes siguiente, tal y como ella pedía, ingresó en un centro de acogida con sus hijos, los procedimientos judiciales a partir de entonces se prolongaron sin ofrecerle perspectivas.
Y si bien se le acabó retirando la patria potestad al padre, pero sólo al cabo de tres años, no se le dio la posibilidad de una alternativa a ese centro de acogida, como volver a Francia llevándose a los niños como solicitaba. En su sentencia, los jueces europeos se muestran particularmente críticos con los argumentos utilizados por el Ministerio Público para pedir el archivo de una de las denuncias de la mujer, que acusaba a su expareja de haberle puesto un cuchillo en la garganta y de haberla forzado a tener relaciones sexuales. El fiscal en ese caso consideró "de mal gusto" la primera de esas acusaciones y sobre la supuesta falta de consentimiento de la mujer en la segunda comentó que era difícil de demostrar teniendo en cuenta que era "normal que los hombres tengan que superar un mínimo nivel de resistencias que todas las mujeres tienden a mostrar cuando están cansadas del día a día y un hombre les hace insinuaciones sexuales".
Los detalles
Para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) esos argumentos reflejan "una cultura sexista y estereotipada" y pueden conducir a las víctimas a sufrir "una victimización adicional". Sobre la queja de Úbeda de que los jueces italianos no trataron de forma adecuada sus alegaciones de violencia doméstica y de que no les hubieran autorizado a ella y a sus hijos irse a Francia, el TEDH estima que el hecho de que tuvieron que estar más de tres años en un centro de acogida supuso "un serio daño" de su bienestar físico y psicológico. De hecho, considera que se les sometió a una carga más pesada que la que tenía que soportar el hombre, que no estuvo sujeto a ninguna medida de privación de libertad, y sugiere que se tendrían que haber barajado otras medidas alternativas, como atribuir el domicilio familiar a Úbeda y a sus hijos, o autorizarles mudarse a Francia.
En cuanto a que el tribunal de menores tardara más de tres años en retirar la patria potestad al padre pese a que había informes de los servicios sociales que advertían del fuerte impacto que tenía para ellos la incertidumbre sobre la relación con el padre y su situación en el centro de acogida, los jueces europeos concluyen que no se actuó con la debida diligencia y rapidez para emitir una resolución. Italia tendrá que indemnizar a la madre y a los dos hijos con 15. 000 euros a cada uno por los daños sufridos, y otros 15.
000 conjuntamente por las costas judiciales.
El desarrollo ha despertado una amplia atención internacional, con los círculos diplomáticos siguiéndolo de cerca.





