
Las obligaciones fiscales que no terminan con la muerte: cómo cumplir con Hacienda para evitar multas de hasta el 50%
Tus primeras finanzasLas obligaciones fiscales que no terminan con la muerte: cómo cumplir con Hacienda para evitar multas de hasta el 50%Este laberinto fiscal se suma a una carga administrativa y emocional que suele...
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Estas son las últimas noticias de todo el mundo: Tus primeras finanzasLas obligaciones fiscales que no terminan con la muerte: cómo cumplir con Hacienda para evitar multas de hasta el 50%Este laberinto fiscal se suma a una carga administrativa y emocional que suele pillar a las familias sin preparación Compartir Facebook X - Twitter WhatsApp Telegram LinkedIn Copiar enlace Enviar por email 1 comentario Daniela Saltos MadridMadridSEGUIR AUTORAActualizado Sábado, 13 junio 2026 - 11:49 Audio generado con IALos últimos días de la campaña de Renta se acercan y vale la pena recordar algunas "fugas" que podrían afectar a su bolsillo. En este caso, la obligación de liquidar el IRPF de un familiar fallecido. Sí, contrario a lo que muchos creen, la muerte no cancela las deudas con Hacienda; son los herederos quienes asumen legalmente la responsabilidad de presentar la declaración si el causante cumplía los requisitos de ingresos, como tener más de un pagador, rendimientos de alquileres o ventas de activos financieros.
Si sale a pagar, el riesgo de ignorar este trámite es una multa que asciende hasta el 50% de la cantidad dejada a ingresar o, si hay retraso, un recargo del 1% por cada mes que no se presente. "Una gran parte de las familias desconoce que debe presentar la declaración de la renta de un fallecido, lo que puede derivar en errores o en la pérdida de devoluciones", explica Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown; porque sí, también puede salir a devolver,pero Hacienda no ingresará el dinero de forma automática como ocurre con un contribuyente vivo. "Puede pasar mucho tiempo en el que los herederos no entienden que está pasando y hasta que no preguntany les indican que tienen que presentar otros documentos dificulta mucho la gestión por desconocimiento".
Los detalles
Para esto, Fernández indica que se presenta el modelo H100 junto con la documentación que acredite la condición de heredero, como el testamento y el certificado de últimas voluntades. El proceso se vuelve aún más complejo si la devolución supera los 2. 000 euros, ya que dicho importe debe haberse integrado previamente en la liquidación del Impuesto de Sucesiones como parte de la masa patrimonial.
De no realizarse estos trámites adicionales, ese capital queda "bloqueado" en las arcas del Estado indefinidamenteUn detalle a tomar en cuenta es que este trámite se realiza en el mismo calendario oficial que el resto de ciudadanos (abril-junio), pero el periodo impositivo -el tiempo que usa Hacienda para calcular cuánto se debe pagar y que generalmente es un año natural-, termina el día exacto de la muerte, lo que exige prorratear los ingresos para no pagar de más. Eso sí, no se puede realizar una declaración conjunta, la ley obliga a hacerlo de manera individual.
El desarrollo ha despertado una amplia atención internacional, con los círculos diplomáticos siguiéndolo de cerca.





