
Le hackearon la cuenta, el banco reconoció el error pero la dejó en la lista de “irrecuperables” y ahora deberá indemnizarla
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial resolvió elevar a cinco millones de pesos la indemnización a favor de una jubilada que fue incluida de manera ilegítima en la central de deudores del Banco Central de la...
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Una noticia relevante se está gestando en la escena internacional. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial resolvió elevar a cinco millones de pesos la indemnización a favor de una jubilada que fue incluida de manera ilegítima en la central de deudores del Banco Central de la República Argentina por parte de una entidad bancaria, tras sufrir el hackeo de su cuenta y un extenso derrotero judicial. El conflicto comenzó en 2021, cuando una mujer de 70 años detectó un hackeo en su cuenta bancaria. Los delincuentes ejecutaron varias operaciones, entre ellas la solicitud de préstamos y la extracción de aproximadamente 750.
Frente a esa situación, la afectada inició una demanda contra la entidad financiera. En el marco de ese primer litigio, las partes llegaron a un acuerdo en el que el banco reconoció el derecho de la reclamante, accedió a cancelar préstamos y deudas personales que figuraban a su nombre, y se comprometió a cerrar su cuenta de manera definitiva. Además, la entidad otorgó un resarcimiento adicional de 300.
Los detalles
000 pesos en concepto de daños y perjuicios. A pesar de lo pactado, la entidad mantuvo a la reclamante registrada como deudora morosa bajo la categoría “irrecuperable” en el sistema financiero. Esa condición le generó dificultades al gestionar nuevos créditos y la ampliación del límite de su tarjeta de crédito en otra entidad, donde percibe su jubilación, lo que fue denegado.
La afectada denunció la situación en el expediente previo. El banco respondió que ya había solicitado la baja en las bases del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y de la empresa de informes crediticios VERAZ, aunque la reclamante sostuvo que la gestión resultó defectuosa, ya que continuaba informada como deudora. Tiempo después, el juzgado interviniente ordenó al BCRA la supresión de cualquier registro de deuda vinculado a la reclamante con la entidad bancaria.
El BCRA confirmó el cumplimiento de la orden y también se notificó directamente al banco. Pese a esas medidas, la reclamante tuvo que iniciar una nueva acción judicial, ya que persistía su inclusión en el sistema de deudores. En esta oportunidad, solicitó una indemnización de nueve millones de pesos: tres millones por daño moral, tres millones por daño psicológico y tres millones en concepto de daño punitivo.
Qué dicen los expertos
La entidad bancaria contestó la demanda y afirmó haber cumplido con todos los puntos del acuerdo anterior. Además, sostuvo que la reclamante no acreditó que los informes negativos en los sistemas crediticios se relacionaran con el caso en cuestión. El fallo de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda y ordenó a la entidad bancaria pagar 4.
000 pesos más intereses y costas. El juez analizó la relación de consumo entre las partes y se centró en determinar si la entidad incumplió el acuerdo alcanzado en el litigio anterior. Para fundamentar su decisión, el magistrado valoró la prueba producida, especialmente la contestación de oficio del BCRA.
Ese documento señaló que la entidad bancaria presentó información rectificativa para los períodos que iban de agosto de 2021 a abril de 2023 y de noviembre de 2023 a junio de 2024, solicitando la supresión de los registros negativos. Las rectificaciones ocurrieron después del cierre de la cuenta que había sido pactado en el acuerdo, lo que evidenció un incumplimiento. El juez consideró que la inclusión de la reclamante como deudora, pese al acuerdo, resultó injustificada y generó daños indemnizables.
El desarrollo ha despertado una amplia atención internacional, con los círculos diplomáticos siguiéndolo de cerca.





