Ni cigarrillos ni 'vapers' en terrazas, piscinas, campus universitarios y conciertos al aire libre
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July 31 — İsrail x Hizbullah ile kalıcı barış anlaşması...?
Surgen avances clave en el escenario mundial. Contenido solo para suscriptoresLey antitabaco: Ni cigarrillos ni vapers en terrazas, piscinas, campus universitarios y conciertos al aire libreConsejo de MinistrosEl Consejo de Ministros aprueba hoy el proyecto de ley del tabaco para su remisión al CongresoSi se aprueba la reforma de la ley del tabaco del 2005, no se podrá fumar ni vapear en ninguna terraza al aire libreCabalar / EFE Celeste LópezMadrid 21/07/2026 06:00 Actualizado a 21/07/2026 08:43 El Consejo de Ministros aprobará hoy, previsiblemente, el proyecto de ley del tabaco, que, entre otras cuestiones, amplía los espacios donde no se puede ni fumar ni vapear, tales como terrazas de bares, recintos donde se desarrollen espectáculos públicos, instalaciones deportivas, parques infantiles, estaciones de transporte o centros educativos, incluidos los campus universitarios, entre otros. Esta reforma se enmarca en el desarrollo del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027. Uno de los aspectos fundamentales de esta ley, que ahora se remite al Congreso, es la inclusión de una definición y una regulación específica para los productos relacionados con el tabaco.
Se trata de artículos cuya presencia en el mercado y su consumo, especialmente entre la población joven, han aumentado de forma notable en los últimos años y que, aunque no siempre contienen tabaco ni nicotina, están vinculados al acto de fumar o inhalar, además de aumentar el riesgo de fumar tabaco convencional. Hasta ahora, estos productos no contaban con un marco normativo claramente establecido a nivel nacional. La reforma equipara los cigarrillos electrónicos, shishas y bolsitas de nicotina con los cigarrillos tradicionalesEstos son los cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, incluidos todos sus componentes (cartucho, depósito, dispositivo).
Los detalles
También las bolsitas de nicotina para uso oral, compuestas total o parcialmente por nicotina natural o sintética, en forma de sobres, polvo o comprimidos, y los productos a base de hierbas, utilizados para fumar, vaporizar o inhalar, como shishas o mezclas vegetales sin tabaco. La norma incluye los dispositivos para el consumo de productos calentados, incluidos los que funcionan con tabaco u otros preparados. Todos estos productos quedarán sometidos a las mismas restricciones legales que el tabaco convencional, es decir, no se podrá fumar o utilizar estos productos en espacios públicos cerrados y en una lista ampliada de entornos exteriores, tales como terrazas de bares, recintos donde se desarrollen espectáculos públicos, instalaciones deportivas, parques infantiles, estaciones de transporte o centros educativos, entre otros.
No se podrá vender a menores de edad.
El desarrollo ha despertado una amplia atención internacional, con los círculos diplomáticos siguiéndolo de cerca.




