
Personas con discapacidad severa pagarán menor impuesto predial por Ley 32701 desde 2027
Beneficio para las personas con discapacidad severa. El Gobierno promulgó la Ley N.° 32701, que modifica el Decreto Legislativo N.° 776, Ley de Tributación Municipal, y la Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con...
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Una noticia relevante se está gestando en la escena internacional. Beneficio para las personas con discapacidad severa. El Gobierno promulgó la Ley N. ° 32701, que modifica el Decreto Legislativo N.
° 776, Ley de Tributación Municipal, y la Ley N. ° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, con el objetivo de incorporar a este grupo como beneficiarias de la deducción de la base imponible del impuesto predial. Así, el artículo 19 de la Ley de Tributación Municipal establece que las personas con discapacidad severa podrán acceder al beneficio tributario siempre que sean propietarias de un solo predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, destinado a su vivienda, y que sus ingresos brutos mensuales no superen una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Los detalles
Asimismo, precisa que, para acceder al beneficio, la persona deberá contar con el certificado de discapacidad severa emitido conforme a la normativa vigente. Cómo será el descuentoLa ley incorpora el artículo 62-B a la Ley General de la Persona con Discapacidad, mediante el cual se dispone que las personas con discapacidad severa tendrán derecho a la deducción de 50 UIT de la base imponible para el cálculo del impuesto predial, siempre que cumplan con las condiciones previstas en la Ley de Tributación Municipal. ° 32701 entrará en vigor el 1 de enero de 2027 y tendrá una vigencia máxima de tres años, salvo que su prórroga se apruebe conforme a las reglas previstas en la Norma VII del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario para la concesión de exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios.
En las disposiciones complementarias finales, la norma precisa que el Poder Ejecutivo, mediante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), deberá adecuar, en un plazo no mayor de 30 días hábiles desde la fecha, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Tributación Municipal y el Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad a las modificaciones aprobadas. Lo que dice la medidaSi bien la medida no plantea tal cual una exoneración al monto directo de impuesto predial , sí involucra un gran beneficio para las personas con discapacidad. Exactamente, la Ley modifica el decreto legislativo 776, Ley de tributación municipal, y la Ley 29973, Ley general de la persona con discapacidad, para “disponer la deducción de la base imponible del impuesto predial en favor de las personas con discapacidad”.
Así, se modifica el cuarto párrafo del artículo 19 del Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal, para que lo que sostiene sea aplicado también a la persona con discapacidad. “Los pensionistas propietarios de un solo predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado a vivienda de los mismos, y cuyo ingreso bruto esté constituido por la pensión que reciben y esta no exceda de 1 UIT mensual, deducirán de la base imponible del Impuesto Predial, un monto equivalente a 50 UIT", agrega la Ley. Asimismo, se considera que se cumple el requisito de la única propiedad, cuando además de la vivienda, el pensionista posea otra unidad inmobiliaria constituida por la cochera.
“El uso parcial del inmueble con fines productivos, comerciales y/o profesionales, con aprobación de la Municipalidad respectiva, no afecta la deducción que establece el artículo”, se agrega. “Lo dispuesto en los párrafos primero, segundo y tercero es de aplicación a la persona adulta mayor no pensionista y a la persona con discapacidad propietarias de un solo predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado a vivienda de los mismos, y cuyos ingresos brutos mensuales no excedan de una unidad impositiva tributaria (UIT)”, agrega esta nueva medida.
El desarrollo ha despertado una amplia atención internacional, con los círculos diplomáticos siguiéndolo de cerca.





