
Sur Finanzas: volvió a declarar el financista ligado a la AFA y planteó que “no hay delito que perseguir”
El juzgado federal de Lomas de Zamora avanza en una nueva etapa de la causa Sur Finanzas. En los últimos días, fueron indagados los ex directivos del Club Atlético Banfield Eduardo Juan Spinosa y Federico José Spinosa,...
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Surgen avances clave en el escenario mundial. El juzgado federal de Lomas de Zamora avanza en una nueva etapa de la causa Sur Finanzas. En los últimos días, fueron indagados los ex directivos del Club Atlético Banfield Eduardo Juan Spinosa y Federico José Spinosa, los responsables de Centro de Inversiones Concordia SRL y por parte de Sur Finanzas Group SA, declaró, por segunda vez, Maximiliano Ariel Vallejo, amigo del presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia. El financista declaró como imputado y presentó un escrito en el que se defendió de cada una de las acusaciones.
La medida judicial se realizó en momentos en que el mandamás de la AFA encabeza la delegación Argentina en el Mundial de fútbol que se juega en Estados Unidos, México y Canadá. El juzgado también fijó nuevas indagatorias para imputados que no se presentaron a declarar y advirtió con declararlos en rebeldía si no asisten a la citación. La cerrada defensa de VallejoAriel Vallejo enfrenta cuatro cargos en la causa que instruye el juez Luis Armella e impulsa la fiscal Cecilia Incardona: asociación ilícita, cobrar tasas usurarias, defraudación—por los contratos de mutuo celebrados con el Club Atlético Banfield— y lavado de activos, este último agravado por habitualidad y por su presunta pertenencia a una asociación formada para la comisión continuada de ese delito.
Los detalles
La acusación también desliza, de manera tangencial, presuntas infracciones al régimen penal cambiario e intermediación financiera no autorizada, aunque sin identificar operaciones específicas, sin precisar montos concretos por hecho y sin sentencia ni determinación administrativa firme que sustente esas calificaciones. El escrito fue redactado con la asistencia técnica del abogado Pablo Parera y amplía el descargo que el empresario ya había formulado en la primera presentación. Desde el inicio de su indagatoria, Vallejo fijó su postura: “Aprovecharé esta oportunidad para brindar elementos útiles que reflejarán la actividad lícita de las firmas investigadas y desacreditar las imputaciones indeterminadas que se achacan a mi persona y el resto de los consortes”, dijo.
Una frase similar figura en el escrito al que accedió de manera exclusiva Infobae. Antes de entrar en el detalle de cada cargo que se le imputan al amigo de Tapia, el escrito construye su argumentación sobre una serie de afirmaciones que la defensa plantea como ejes de todo el descargo. Estas son las principales:“La mera pertenencia a una organización empresarial, con roles diferenciados, jerarquías claras y funciones específicas, no constituye ni puede constituir el sustrato fáctico de una asociación ilícita”.
“Una asociación ilícita opera en la clandestinidad, carece de registro, no tiene empleados en relación de dependencia formal, y no rinde cuentas ante ningún organismo estatal. ”“Sin víctima que se reconozca como tal, en un supuesto menoscabo al patrimonio, no hay delito que perseguir. ”“La ausencia de un parámetro técnico, sólido y contextualizado deja a la acusación sin un sustento objetivo que permita sostener la tipicidad de la conducta.
Qué dicen los expertos
”“No puede configurarse engaño cuando la presunta víctima convalida institucionalmente la operación de que se trate. ”“La imputación describe el mecanismo de lavado como ‘confusión sistémica de fondos ilícitos dentro de sus patrimonios lícitos’; sin embargo, la ‘confusión patrimonial’ no es ninguno de los verbos típicos enumerados en el art. ”“La mera enumeración cronológica de adquisiciones de bienes a lo largo de varios años no satisface ese requisito (de habitualidad), si previamente no se explica por qué cada uno de esos actos, individualmente considerado, configura un acto autónomo de lavado”.
“La circunstancia de que una empresa o sus responsables estén siendo investigados no autoriza a presumir la ilicitud de la totalidad de sus contratos ni que todas las contrapartes revistieron el carácter de víctimas o de cómplices; esa inferencia global sustituye la prueba concreta por la mera sospecha genérica”. Empleados registrados, no cómplicesEl primer cargo que abordó la defensa fue la de asociación ilícita (art. 210 del Código Penal).
Para que ese delito exista, la ley exige un acuerdo de voluntades de tres o más personas, de carácter permanente u organizado, con el fin específico de cometer delitos de manera indeterminada. Vallejo dice que ninguno de esos requisitos se verifica. El argumento se apoya en la documentación laboral incautada en los propios allanamientos.
El desarrollo ha despertado una amplia atención internacional, con los círculos diplomáticos siguiéndolo de cerca.





