
Senado de República Dominicana aprueba en primera lectura la reforma policial con nuevas sanciones y límites al uso de la fuerza
Las modificaciones a la ley orgánica de la Policía Nacional avanzaron en el Senado de la República Dominicana en una sesión que se extendió hasta casi la medianoche, con la aprobación en primera lectura de un proyecto...
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Surgen avances clave en el escenario mundial. Las modificaciones a la ley orgánica de la Policía Nacional avanzaron en el Senado de la República Dominicana en una sesión que se extendió hasta casi la medianoche, con la aprobación en primera lectura de un proyecto que endurece sanciones, regula el uso de la fuerza y redefine las condiciones de desvinculación de agentes policiales. En una votación realizada a las 11:43 pm, 24 de los 27 senadores presentes respaldaron la iniciativa, según informó Diario Libre. La propuesta, que no figuraba en el orden del día original, fue incorporada tras recibir un informe favorable de la comisión asignada y sumar la mayoría necesaria.
El senador por la provincia Duarte, Franklin Romero, fue el encargado de leer el informe. Explicó que la reforma divide la institución policial en tres categorías: Directiva, Intermedia y Agente Patrullero, e introduce ajustes en el patrullaje y la formación académica de los agentes. Romero fundamentó la necesidad de “un nuevo modelo de servicio público de policía que reafirme su carácter esencial de responsabilidad exclusiva del Estado dominicano”.
Los detalles
En medio de un clima marcado por el reciente fallecimiento de Darlin Enmanuel Mercado, quien perdió la vida tras recibir un disparo de un policía en Santo Domingo Oeste, el debate sobre la actuación policial se intensificó. El presidente Luis Abinader condenó el hecho y la ministra de Interior y Policía, Faride Raful, lo calificó como “un abuso inaceptable”. Nuevas restricciones sobre asignaciones y control del uso de la fuerzaUno de los ejes de la reforma es la prohibición general de asignar agentes policiales a servicios permanentes para personas o entidades privadas.
El nuevo artículo 146 regula la prestación de servicios policiales exclusivamente para instituciones públicas, como ministerios y empresas estatales, mientras que el artículo 147 prevé sanciones disciplinarias, investigaciones administrativas, civiles y penales para quienes ordenen o mantengan agentes en funciones ajenas a la seguridad pública. La regulación del uso de la fuerza se vuelve más estricta. Solo se permitirá en situaciones imprescindibles y bajo criterios de proporcionalidad, restringiendo los registros personales y de vehículos a casos justificados que busquen prevenir riesgos, localizar armas o sustancias prohibidas y garantizar la seguridad en eventos públicos.
La reforma impone el uso obligatorio de cámaras corporales encendidas durante las intervenciones y permite que los ciudadanos graben la actuación policial. El texto prohíbe los registros motivados por prejuicios raciales, étnicos, de apariencia o identidad de género y exige reportes previos y posteriores para los procedimientos nocturnos. Endurecimiento de sanciones y redefinición de la desvinculación policialLa nueva normativa amplía el listado de faltas disciplinarias muy graves, entre las que se encuentran el uso excesivo de la fuerza, la utilización de armas no asignadas, facilitar fugas, actos partidistas o participación irregular en ascensos y contrataciones estatales.
Qué dicen los expertos
Las sanciones más severas, según el artículo 231, incluyen la destitución para las faltas muy graves de primer grado y suspensiones sin sueldo de hasta 120 días para las de segundo grado. Las faltas graves y leves se sancionan con descuentos salariales. Quienes reciban tres o más sanciones por faltas muy graves en un período de cinco años serán desvinculados de manera definitiva y no podrán volver a la institución.
Diario Libre detalló que el retiro forzoso se mantiene solo para quienes reúnan los requisitos de pensión, mientras que los demás recibirán los derechos prestacionales. El procedimiento para la desvinculación de los oficiales será por decreto del Poder Ejecutivo y, para los mandos intermedios y patrulleros, por resolución del director general de la Policía Nacional, con recomendación previa de la junta correspondiente. Además, se incorpora la desvinculación por interés personal, permitiendo que cualquier miembro de la carrera policial solicite su retiro en cualquier momento.
Regulaciones sobre armamento, ascensos y plan de pensionesEl proyecto también establece que las armas de la Policía Nacional solo podrán ser utilizadas por miembros activos, policías pensionados y representantes de los poderes del Estado, mediante autorización formal. Se regulan armas letales, equipo para el uso de la fuerza, ascensos póstumos y el sistema de denuncias internas. Un nuevo artículo crea el Plan Exclusivo de Pensiones de la Policía Nacional (-PEPPN), que deberá implementarse en un plazo máximo de seis meses desde la promulgación de la ley.
El tema se ha convertido en uno de los puntos más destacados de la agenda mundial.





