
Clienta sufre caída por mala iluminación en sala de cine: sancionan a la cadena y ordenan devolución de su dinero
La Comisión de Protección al Consumidor N.° 2 del Indecopi sancionó a la cadena Cineplex S.A., mejor conocida como Cineplanet, luego de determinar que una clienta sufrió una caída en las escaleras de una de sus salas...
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Surgen avances clave en el escenario mundial. La Comisión de Protección al Consumidor N. ° 2 del Indecopi sancionó a la cadena Cineplex S. , mejor conocida como Cineplanet, luego de determinar que una clienta sufrió una caída en las escaleras de una de sus salas debido a una deficiente iluminación.
Además de imponer una multa y otras sanciones administrativas, la autoridad ordenó que la empresa devuelva el dinero pagado por las entradas, los alimentos consumidos ese día y asuma los gastos médicos relacionados con el accidente. La Resolución Final N° 1328-2026/CC2, la cual fue accedida en primicia por Infobae Perú, también concluyó que la empresa no activó de manera oportuna el seguro para la atención de la consumidora y que posteriormente se negó a cubrir determinados gastos médicos, pese a que inicialmente había ofrecido hacerlo. El caso se originó a partir de una denuncia presentada por la afectada tras el incidente ocurrido en agosto de 2025.
Los detalles
La caída dentro de la sala de cineSegún la resolución, la denunciante acudió el 19 de agosto de 2025 a un establecimiento de Cineplanet para ver una película. Al dirigirse hacia la confitería, sufrió una caída en las escaleras debido a que una de las luces azules que iluminaban la zona no funcionaba, lo que comprometía la visibilidad del lugar. Tras el accidente, la clienta logró regresar a su asiento con ayuda, pero minutos después comenzó a sentirse mareada, presentó sudoración y perdió el conocimiento.
Posteriormente, fue trasladada al tópico del cine y luego derivada de emergencia a la Clínica Ricardo Palma, donde fue diagnosticada con una rotura de ligamentos y recibió siete días de descanso médico. Indecopi declaró fundada la denunciaDurante el procedimiento administrativo, Cineplanet presentó sus descargos y decidió allanarse a los hechos imputados por el Indecopi. Debido a ello, la Comisión dio por acreditadas las infracciones sin efectuar un análisis de fondo sobre la controversia, conforme a las reglas previstas en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
La autoridad declaró fundada la denuncia por incumplir el deber de seguridad al no mantener una iluminación adecuada en las escaleras, situación que ocasionó la caída de la consumidora. Asimismo, confirmó otras dos infracciones relacionadas con el servicio brindado tras el accidente: la demora en activar el seguro médico y la negativa de asumir determinados gastos posteriores, pese al compromiso inicial de hacerlo. Lo que deberá devolver CineplanetComo medida correctiva, Indecopi ordenó que la empresa reembolse a la afectada el dinero correspondiente a las entradas y a los productos de confitería adquiridos el día del accidente.
Qué dicen los expertos
El plazo otorgado para cumplir con esta obligación es de quince días hábiles contados desde la notificación de la resolución. Además, la cadena deberá devolver todos los gastos médicos derivados del accidente. Para ello, la consumidora tendrá que presentar la liquidación correspondiente junto con la documentación que acredite cada desembolso y los datos de la cuenta bancaria donde deberá realizarse el pago.
Una vez recibida esa información, la empresa contará con diez días hábiles para efectuar el reembolso. No obstante, la Comisión rechazó otros pedidos formulados por la denunciante, como el reembolso de siete días de remuneración, el pago de un mes de gimnasio y el dinero correspondiente a una entrada para un concierto al que no pudo asistir. El organismo explicó que esos conceptos tienen naturaleza indemnizatoria y, por tanto, solo pueden reclamarse mediante la vía judicial o arbitral.
Multa, amonestaciones y otras consecuenciasPor la infracción relacionada con la seguridad dentro de sus instalaciones, Cineplanet recibió una multa de 1,3 UIT. La Comisión explicó que inicialmente correspondía una sanción mayor debido al riesgo generado para la salud de la consumidora, pero el monto fue reducido al considerar como atenuante que la empresa se allanó a los cargos durante la etapa de descargos. En cambio, por la demora en activar el seguro y por negarse a asumir determinados gastos médicos, el Indecopi impuso dos amonestaciones.
El desarrollo ha despertado una amplia atención internacional, con los círculos diplomáticos siguiéndolo de cerca.





