
El juez Peinado convoca personalmente a Begoña Gómez en el juzgado el 9 de junio para decidir si le impone medidas cautelares
TribunalesEl juez Peinado convoca personalmente a Begoña Gómez en el juzgado el 9 de junio para decidir si le impone medidas cautelaresEl magistrado cree que la esposa del presidente del Gobierno y los otros dos...
Surgen avances clave en el escenario mundial. TribunalesEl juez Peinado convoca personalmente a Begoña Gómez en el juzgado el 9 de junio para decidir si le impone medidas cautelaresEl magistrado cree que la esposa del presidente del Gobierno y los otros dos acusados podrían plantearse "eludir la acción de la Justicia" dado lo elevado de las penas que podrían imponerse Facebook X - Twitter WhatsApp Telegram LinkedIn Copiar enlace Enviar por email 1 comentarioBegoña Gómez, en noviembre de 2024, en la comisión de investigación sobre la Complutense en la Asamblea de Madrid. Alberto di LolliManuel Marraco MadridMadridSEGUIR AUTORActualizado Martes, 26 mayo 2026 - 10:39 Audio generado con IAEl juez Juan Carlos Peinado ha citado el próximo 9 de junio en su juzgado a Begoña Gómez y a los otros dos acusados en la causa en la que se investiga por cuatro delitos a la esposa del presidente del Gobierno. Se trata de la audiencia preliminar prevista en la Ley del Jurado para resolver sobre la apertura de juicio oral, una vez que el instructor cuenta con los escritos de acusación y defensa.
A ello el magistrado añade otro objetivo: imponer las medidas cautelares que se consideren necesarias para evitar que los acusados puedan eludir el enjuiciamiento. El magistrado recuerda que los cuatro delitos que se imputan llevan aparejadas elevadas penas de cárcel. Se trata de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación.
La acusación popular reclama para Begoña Gómez 24 años de prisión. En la vista, la acusación podrá proponer al juez la imposición de medidas cautelares que estime necesarias sobre la esposa de Sánchez. "Los delitos antes citados que en este momento procesal se atribuyen a los investigados, y ya acusados, y dada la extensión de la pena que pudiera serles impuestas, lo que podría provocar alguna conducta por parte de alguno, algunos o de los tres acusados tendente a eludir la acción de la Justicia, procede acordar que dichos acusados comparezcan personalmente, con apercibimiento de ser conducidos por la Fuerza pública, al acto de la Audiencia Preliminar, a los efectos de, en su caso, celebrar la correspondiente comparecencia, con su presencia, en la que se podría adoptar alguna medida cautelar de naturaleza personal que evite o minimice el riesgo mencionado de tratar de eludir la acción de la justicia por parte de los acusados", afirma Peinado.
El tema se ha convertido en uno de los puntos más destacados de la agenda mundial.





