
La Justicia avala la suspensión de empleo y sueldo durante tres días a un trabajador de Renfe por retar a un compañero a verse después del trabajo para pelear
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha confirmado la sanción de tres días de suspensión de empleo y sueldo impuesta a un trabajador de Renfe tras protagonizar una fuerte discusión con otro empleado en la...
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Surgen avances clave en el escenario mundial. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha confirmado la sanción de tres días de suspensión de empleo y sueldo impuesta a un trabajador de Renfe tras protagonizar una fuerte discusión con otro empleado en la estación de Lugo durante la que llegó a retarle a “verse fuera del trabajo”. La Sala rechaza todos los argumentos con los que el empleado intentó anular el expediente disciplinario y concluye que no se vulneraron sus derechos durante la tramitación del procedimiento, por lo que mantiene íntegramente la decisión adoptada por la empresa. La resolución pone fin, al menos en esta fase judicial, a un nuevo episodio de un prolongado conflicto laboral que desde hace años enfrenta al trabajador con otros compañeros y responsables de la compañía ferroviaria.
De hecho, el fallo recoge que en el centro de trabajo de Lugo existe una situación de conflictividad que ha dado lugar a denuncias cruzadas entre empleados, actuaciones de la empresa e incluso procedimientos judiciales anteriores. El origen del litigio se remonta a la mañana del 24 de octubre de 2023. Ese día, el trabajador y otro empleado compartían turno en la taquilla de la estación de Lugo cuando comenzó una discusión que fue subiendo de tono.
Los detalles
Ambos elevaron la voz y, según los hechos que los jueces consideran acreditados, el demandante llegó a desafiar a su compañero a encontrarse fuera del trabajo. La disputa no quedó ahí. El otro trabajador le llamó “tontito”, reprodujo música desde su teléfono móvil pese a saber que le estaba molestando y, cuando este le pidió que la quitara, respondió con un “te jodes”.
La empresa terminó sancionando a ambos, aunque con medidas distintas: el compañero recibió una carta de censura, mientras que el demandante fue castigado con tres días de suspensión de empleo y sueldo. Un conflicto laboral con numerosos antecedentesEl caso no se produjo en un contexto aislado. La sentencia recuerda que el empleado ya había mantenido diversos enfrentamientos laborales en los últimos años.
Entre ellos figura una sanción anterior de 180 días de suspensión de empleo y sueldo por una falta muy grave relacionada con su comportamiento hacia una responsable de Recursos Humanos, castigo que fue confirmado por los tribunales tras ser impugnado. Esa responsable incluso llegó a presentar una denuncia ante la Policía Nacional por aquellos hechos. También constan otros procedimientos disciplinarios, uno de los cuales terminó con una resolución judicial que declaró injustificada una sanción distinta impuesta al trabajador.
Qué dicen los expertos
Asimismo, había denunciado ante la Inspección de Trabajo ser víctima de acoso laboral y había rechazado varias ofertas de promoción profesional que la empresa le planteó en 2022. Todo ese historial aparece recogido como contexto del conflicto laboral existente en la estación de Lugo, aunque el TSXG deja claro que el procedimiento analizado se refiere exclusivamente a la discusión ocurrida en octubre de 2023 y a la corrección formal del expediente disciplinario abierto por esos hechos. Intentó anular la sanción por defectos en el procedimientoDespués de que el Juzgado de lo Social número 3 de Lugo rechazara su demanda, el empleado recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia alegando que el expediente había vulnerado diversas garantías procesales.
Entre otras cuestiones, sostuvo que la empresa no le había facilitado determinada documentación antes del juicio, lo que, a su modo de ver, le impidió defenderse adecuadamente. También denunció que Renfe había utilizado argumentos distintos a los recogidos inicialmente en el expediente disciplinario para justificar la sanción. Además, cuestionó la motivación de la sentencia dictada en primera instancia, defendió que existían irregularidades en la tramitación interna del expediente y criticó que la empresa hubiera incorporado al procedimiento una denuncia policial presentada por el otro trabajador, al considerar que ello buscaba agravar artificialmente la imagen de lo sucedido.
Sin embargo, la Sala descarta uno por uno todos esos motivos. Respecto a la supuesta falta de documentación, explica que el trabajador nunca llegó a concretar qué documento desconocía ni de qué manera esa circunstancia había perjudicado realmente su defensa. Los magistrados subrayan que la nulidad de un procedimiento no puede basarse únicamente en una irregularidad formal, sino que debe acreditarse una indefensión efectiva, algo que, a su juicio, no ocurrió en este caso.
El tema se ha convertido en uno de los puntos más destacados de la agenda mundial.





